Estimado emprendedor, uno de los temas importantes a través de los cuales establecemos nuestra oferta de servicios y/o productos, lo constituye nuestro objeto social; en el cual debemos detallar de manera pormenorizada las actividades comerciales a las cuales se va a dedicar nuestra Sociedad.
En ese sentido la Ley General de Sociedades peruana, Ley 26887, señala en su artículo 11: “La sociedad circunscribe sus actividades a aquellos negocios u operaciones lícitos cuya descripción detallada constituye su objeto social. Se entienden incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo que coadyuven a la realización de sus fines, aunque no estén expresamente indicados en el pacto social o en el estatuto. La sociedad no puede tener por objeto desarrollar actividades que la Ley atribuye con carácter exclusivo a otras entidades o personas.”
Como podrás darte cuenta, es importante que establezcamos de manera precisa nuestro objeto social, ya que la propia Ley, nos muestra ciertas limitaciones sobre aspectos como responsabilidad, las actividades a las cuales podemos dedicarnos; y también el hecho de que el objeto social es un aspecto que se vincula como eje a todas las actividades que desarrollará nuestra empresa.
En tal sentido aquí te traigo algunas pautas a tener en cuenta para tu objeto social:
1.- Es importante que revises la actividad a la cual piensas dedicarte o incluso si ya estás en ella y realizas actividades conexas; pues evaluar si estas tendrían algún impedimento o limitación y en todo caso si existe alguna norma que prohíba o señale permisos especiales para el desarrollo de esa actividad comercial.
2.- Verificar si dentro de tu oferta de servicios y/o productos existe alguna exclusividad señalada por Ley, ya que por ejemplo las empresas dedicadas a la intermediación laboral deben dedicarse exclusivamente a este servicio, no pudiendo contener su objeto social otras actividades; es decir su objeto social debe ser único (Ejemplo: una empresa que brinda servicios de seguridad privada de intermediación Laboral a través de Agentes de Seguridad).
3.- Revisar si la actividad comercial a desarrollar está indicada para ser realizada por un determinado tipo de profesionales, como los profesionales dedicados a prestar servicios de salud, profesionales dedicados a la industria farmacéutica, entre otros.
4.- La actividad comercial, debe ser concreta, licita y precisa, de tal manera que se verifique incluso, si pudiera calzar dentro de un determinado tipo societario señalado por Ley, por ejemplo: las entidades gestoras de fondos de pensiones, deberán necesariamente revestir la forma de sociedad anónima.
5.- También es muy importante revisar cuales son o si existieran permisos especiales para desarrollar nuestra actividad comercial, a través de licencias o autorizaciones especiales, como, por ejemplo: para determinados materiales y/o útiles de oficina se requiere tramitar un Registro Sanitario, ante DIGESA (Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria), de lo contrario estos productos no podrán circular en el mercado.
Estas pautas te serán de mucha utilidad, al momento de realizar tu objeto social, o en todo caso si ya lo tienes y quieres modificarlo, para que puedas calzar en alguna nueva línea de negocio que desees incursionar o incluso si deseas venderle al Estado, ya que muchas veces las licitaciones piden requisitos expresos acerca del objeto social. Y con esto me despido, hasta la próxima.
TIPS: EL OBJETO SOCIAL DEBE SER DESCRITO DE MANERA DETALLADA
Conforme ha quedado establecido en la jurisprudencia registral:
“Que, el objeto social señalado es genérico e impreciso, al no delimitar los negocios a los que se avocará la sociedad ni las actividades que comprende; en este mismo sentido se ha pronunciado esta instancia en las Resoluciones N° 308-97-ORLC/TR del 07 de agosto de 1997 y 133-95-ORLC/TR del 15 de diciembre de 1995”.
¡Hasta la próxima querido lector!
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