Hola mi querido emprendedor, ¿Cómo te ha ido?, ¿Cómo vas? en este mundo de constante cambio, de constante movimiento, donde nada es estático o inmóvil y trasciende a diversos contextos como el mundo financiero; y por supuesto con el avance de la tecnología, la vigencia de estos contextos y conocimientos es cada vez más estrecha.
Y mucho más si a esto se suman los momentos de crisis, pues aquí los cambios pueden acarrear una serie de quiebres y nuevos entendimientos; es así que luego de la crisis económica de Estados Unidos de los años 2007 y 2008, se advirtió que una de las causas de esta crisis fue que la información contable reflejaba datos históricos o también llamado valor en libros, y con esto se inicia un nuevo entendimiento a través de la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), que indican que la información contable ya no debe ser, ni será histórica sino más bien será algo que se le ha denominado “Valor Razonable”, para lo cual se debe tomar en cuenta el valor de mercado.
Llegando a acoger estas normativas (NIIF) 75 países inicialmente, lo cual se fue incrementando paulatinamente llegando a nuestro país en el año 2013. Habiendo previo a ello, nuestra Superintendencia de Mercado de Valores (SMV), emitido la Resolución SMV Nº 011-2012-SMV/01, que aprueba la obligación de adoptar las NIIF a las empresas que cumplan ciertos requisitos que enumera la citada norma. Aprobando, el Consejo Normativo de Contabilidad, la versión 2015, mediante Resolución de Consejo N° 059-2015-EF/30, las NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA – NIIF.
Claro que esto aún no nos alcanza a nosotros como emprendedores, sin embargo, las grandes empresas y las que cotizan en bolsa sí se han visto obligadas a adaptarse a estos nuevos cambios y han empezado a adoptar las NIIFs por la misma necesidad del mercado internacional en que se desenvuelven. Sin embargo, inicialmente se pretendió que todas las empresas adopten esta normativa de las NIIFs, lo cual no llegó a concretarse debido a que el Tribunal Constitucional estimó que las empresas no supervisadas por la SMV, no tenían tal obligatoriedad. Dejando constancia de ello a través de la Sentencia N° 00009-2014-PI/TC, publicada el 5 de abril en el portal del TC.
Pese a ello, mi querido emprendedor la tendencia es que a futuro las empresas incorporen este tipo de valorización para sus activos, denominada valor razonable, incluso dándole una forma mixta con el valor histórico, ya que a decir de muchos ambos métodos de valorización tienen sus debilidades y subjetividades que no siempre podrán ser resueltos con prontitud. Lo que se piensa del valor razonable es que este método de valorización va a reflejar lo más cercano a la realidad, sin embargo, pues no está exento de problemas contables.
Entonces las empresas que han adoptado las NIIF, ahora deben formular los siguientes Estados Financieros:
(a) Un Estado de Situación Financiera, en sustitución del Balance General.
(b) Un Estado del Resultado Integral, en sustitución del Estado de Ganancias y Pérdidas.
(c) Un Estado de cambios en el Patrimonio del periodo sobre el que se informa.
(d) Un Estado de Flujos de efectivo del periodo sobre el que se informa.
Pues ahora ya estamos al tanto y sabemos que las empresas supervisadas por la SMV, ya no están usando el Balance General ni el Estado de Ganancias y Pérdidas, y que la tendencia es que paulatinamente de algún modo estos cambios a futuro sean incorporados por todas las empresas privadas no supervisadas.
¡Hasta la próxima querido lector!
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